Fluctuación Cambiaria: Aplicación Contable y Fiscal (ISR e IVA)

Los participantes conocerán la manera de determinar las fluctuaciones cambiarias derivadas de operaciones en moneda extranjera para efectos fiscales, sus efectos en la base de los diferentes impuestos (ISR, IVA), así como otras consideraciones que afectan en la importación de mercancías.

Temario

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Tipo de curso

En línea

Fecha y lugar que se imparte

Fecha: No expira
Fecha de inicio: No expira
Fecha de término: No expira
Duración: 6 Horas
Expositor: CPC. Javier Martínez Ibáñez

Descripción del curso



Dirigido a: Directores, gerentes y subgerentes de finanzas y de administración. Contralores y contadores. Socios y asociados de despachos de contadores y auditores que dictaminen para fines fiscales y financieros.
Objetivo: Los participantes conocerán la manera de determinar las fluctuaciones cambiarias derivadas de operaciones en moneda extranjera para efectos fiscales, sus efectos en la base de los diferentes impuestos (ISR, IVA), así como otras consideraciones que afectan en la importación de mercancías.

Temario:
  • En México están permitidas las operaciones en moneda extranjera ya sea dentro del propio territorio o en operaciones internacionales, facturar en dólares es una práctica cotidiana, aunque no generalizada.
  • Tenemos “fluctuación cambiaria realizada” cuando efectivamente se hizo el pago o el cobro, que es el resultado de restar al tipo de cambio final el tipo de cambio inicial, con el que se registró la operación.
  • Las Normas de Información Financiera y la Ley del ISR nos indican que se debe registrar al final de cada uno de los meses la fluctuación devengada (por realizar), valuando las cuentas por cobrar y las cuentas por pagar en moneda extranjera al tipo de cambio del cierre de mes, lo que nos da por resultado una “fluctuación cambiaría por realizar” que no jugaría para IVA.
  • La NIF B-15 tiene como objetivo establecer las normas de presentación y de revelación, para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y de las operaciones en el extranjero en los estados financieros de la entidad informante.
  • La NIF B-15 se encuentra en concordancia con la NIC 21. Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera.

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