El SAT comunicó que puedes deducir de impuestos los gastos de tu pareja aún sin estar casados.
El requisito es que se pida la factura electrónica correspondiente y que se pague con medios electrónicos.
No todos los gastos son deducibles de impuestos.
Hay que verificar en la lista del SAT cuales son los que sí se pueden. Hay algunos como los gastos en salud en ciertos rubros como los gastos hospitalarios, análisis clínicos, servicios médicos y dentales entre otros.
También son deducibles de impuestos los gastos de la educación como las colegiaturas, aunque los de inscripción no lo son.
Otro gasto deducible son los créditos hipotecarios y donativos.
Los gastos funerarios se pueden deducir aun cuando se haya pagado en efectivo, únicamente con el requisito de solicitar factura electrónica para tener el comprobante fiscal digital.
Se puede pedir factura a nombre del contribuyente -esposo, esposa, pareja-, aún cuando los gastos hayan sido realizados por otros familiares como la madre, padre, hijos, hijas, abuelos y nietos.
Pero siempre en línea recta, ascendente o descendente. Cierto?