Colaboración IMEFI-Contpaqi
¿CÓMO TE PUEDES PENSIONAR?
Sabes cómo te puedes pensionar, es una pregunta que constantemente nos hacemos por ello en las siguientes líneas te lo vamos a explicar de forma clara.
En México contamos con un sistema de pensiones y con 3 modalidades para pensionarnos que son:
- Riesgo de Trabajo
- Invalidez
- Edad Avanzada
La Vieja y Nueva Ley del Seguro Social
Ley 1973
- Pensión por cesantía en edad avanzada y vejez
- Si te encuentras privado de trabajo a partir de los 60 años y cuentas con 500 semanas cotizadas puedes pensionarte con una cantidad proporcional
- Continuación Voluntario al Régimen Obligatorio (debes de cumplir con ciertos requisitos).
Ley 1997
A partir del 1° de julio
- Pensión por cesantía edad avanzada y vejez
- Afore
- Pensión mínima garantizada
Si te encuentras dentro de la Ley de 1973 te puedes pensionar por:
- Pensión por Cesantía en edad avanzada, debes contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas y tu pensión se tabula en un 75% de tu 100 %.
A partir de los 60 años cumplidos y contando con 500 semanas cotizadas, cada año más, se suma al porcentaje de pensión
- Por Vejez a partir de los 65 años
- Por continuación voluntaria al régimen obligatorio (Modalidad 40). El objetivo de dar a los trabajadores la posibilidad de continuar cotizando por su cuenta para tener derecho a pensionarse, aunque hayan dejado de cotizar con un patrón dentro del régimen obligatorio.
Este seguro se acumulan ingresos a la cuenta individual y semanas cotizadas para cumplir los requisitos de Ley. Los requisitos que hay te cumplir para estar en esta modalidad es:
- Haber cotizado 52 semanas en los últimos 5 años.
- Estar dado de baja en el régimen obligatorio
- Solicitar por escrito la inscripción
- El trabajador pagará por su cuenta las cuotas obrero patronales.
Si te encuentras dentro de la Ley de 1997 te puedes pensionar por:
- Pensión por Cesantía en edad avanzada, pero debes contar con un mínimo de 1250 semanas cotizadas y la pensión será a partir de lo ahorrado.
- Pensión mínimo garantizada, este aplica cunado en cálculo se determina una pensión menor al salario mínimo, y aplica en ambas leyes con diferencias en la actualización.
Te invito a revisar este video donde te explica Contpaqi todas las modalidades de pensionarte.
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Me parece muy buenas sus opciones.
Hola ! Entonces para los de ley 97 al llegar a los 60 años y cumplir con semanas cotizadas requeridas . Que pensión les corresponde ? Solo lo que ahorraron se les entrega y ahí acaba ?
No se les otorga pensión vitalicia como a los de ley 73?
Gracias
Es importante la pregunta que les hace el Sr. Alejandro quisiera que la contestaran yo estoy en esa situación
Y para el issste cómo funciona