IMSS: Prórroga de plazos en Materia de Subcontratación

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Publicado el 26 julio, 2021

En sesión ordinaria del día 23 de julio de 2021, el H. Consejo Técnico del IMSS autorizó como facilidad administrativa prorroga los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios.

En abril de este año el Congreso aprobó, con modificaciones, la reforma de subcontratación que envió el presidente Andrés Manuel López Obrador en noviembre de 2020. La primera vez que fue legislado este tema fue en 2012 y en la discusión de la reforma laboral de 2019 intentaron volver a hacerlo.

Esta modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en vigor desde el 24 de abril, prohíbe la subcontratación de personal, es decir, que las empresas simulen no ser patronas de las personas que laboran para ellas, sino que lo es otra compañía, y con ello evadan sus responsabilidades. Pero sí permite la subcontratación de servicios u obras especializadas.


De esta manera, las compañías que contaban con personal subcontratado para realizar sus actividades económicas principales y preponderantes deberán contratarlo directamente.

Por otro lado, aquellas organizaciones que quieran dedicarse a subcontratar servicios u obras especializadas tienen que registrase ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Para ello, deben acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales, de seguridad social y fiscales.

La prórroga del IMSS es a los artículos quinto, sexto y séptimo transitorios del decreto de reforma de subcontratación que modificó siete ordenamientos legales, estos tienen que ver con las siguientes obligaciones para las empresas:

• Realizar la sustitución patronal al migrar a los trabajadores de las empresas que operaban bajo esquemas de subcontratación de personal a sus nóminas, reconociendo los derechos y antigüedad de las personas transferidas.
• Dar de baja los registros patronales que tenían para esquemas de subcontratación y solicitar nuevos.
• Comenzar a entregar reportes cuatrimestrales con la información sobre los contratos de prestación de servicios y obras especializadas realizados bajo la nueva modalidad.

Además, el IMSS decidió extender los plazos de manera indefinida hasta en tanto el Congreso de la Unión defina la prórroga correspondiente en la legislación. La decisión del Consejo Técnico del IMSS permite salvaguardar derechos de los trabajadores y de sus familias, así como apoyar a patrones o sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social.

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🔸 La Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
🔸 Para obtener el registro de las actividades especializadas en el Padrón las personas físicas o morales deberán demostrar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social y acreditar la naturaleza especializada de las actividades u obras que se pretenden registrar.
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